Oficio N°1353 (15-06-2017)

Servicio de Impuestos Internos de Chile

Abstracto

El SII se pronuncia sobre el tratamiento tributario de retiros de Excedentes de Libre Disposición (ELD) por pensionados antes del 7 de noviembre de 2001 que siguen cotizando voluntariamente, conforme al Art. 42 ter de la LIR. Aclara fechas para determinar el nuevo ELD y antigüedad de cotizaciones.

Resumen

• Datos básicos del Oficio: Ord. Nº 1353, de 15-06-2017, del Servicio de Impuestos Internos. Materia: Retiros de Excedentes de Libre Disposición (ELD) por pensionados antes del 7 de noviembre de 2001 que continúan cotizando voluntariamente en una AFP, y su tratamiento según el artículo 42 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR). Se complementa lo dictaminado en el Oficio N° 1014, de 2015.

• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un contribuyente plantea dudas sobre la aplicación del artículo 42 ter de la LIR a retiros de ELD por pensionados antes del 7 de noviembre de 2001 que continúan trabajando y cotizando voluntariamente. El consultante expresa dudas sobre la respuesta del SII en el Oficio N° 1.014 de 2015.

• Consultas específicas planteadas al SII:
a) ¿Qué fecha determina el nuevo ELD?
b) ¿Cuándo se determina la antigüedad de las cotizaciones voluntarias (más de 48 meses)?
c) ¿Se pueden retirar cotizaciones voluntarias nuevas realizadas hasta septiembre de 2011 con el beneficio tributario del artículo 42 ter de la LIR, si el cliente se acogió al artículo 71 del D.L. 3.500 en un retiro anterior?
d) ¿La fecha del primer retiro de cotizaciones voluntarias nuevas determina la antigüedad para futuros retiros de ELD?
e) Si el cliente acogió el retiro de ELD a las 800 UTM y el monto del retiro fue menor, ¿debe registrarlo como renta exenta en el Formulario 22?

• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante interpreta que la fecha a considerar para determinar el nuevo ELD es la del primer retiro con cargo a las cotizaciones volu...

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