Oficio N°1769 (08-08-2017)
Servicio de Impuestos Internos de Chile
Abstracto
El SII determinó que la venta de medicamentos por farmacias municipales está afecta a IVA. Deben emitir boletas afectas y pueden usar el IVA soportado como crédito fiscal. El carácter no comercial de la operación no exime del gravamen.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Ord. Nº 1769, de 08-08-2017, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Tratamiento tributario en el IVA de la entrega de medicamentos por farmacias de establecimientos de atención primaria de salud municipal.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: La Contraloría General de la República (CGR) solicita al SII un pronunciamiento sobre la afectación o exención de IVA en el expendio de medicamentos por farmacias municipales, para instruir a las municipalidades sobre el tratamiento contable. La CGR emitió el Dictamen N°13.636/2016, señalando que los establecimientos de salud municipal pueden entregar medicamentos distintos a los obligatorios, siempre que sea con fines de salud pública y sin fines comerciales.
• Consultas específicas planteadas al SII: Determinar si el expendio de medicamentos por parte de farmacias municipales está afecto o exento de IVA y, en caso afirmativo, las obligaciones administrativas que recaen sobre los municipios.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): Se busca clarificar el tratamiento tributario para efectos de registro contable por parte de las municipalidades.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII:
- Art. 8 y Art. 2, N°1 del D.L. N° 825 (Ley del IVA).
- Art. 23, N°1 del D.L. N° 825.
- Art. 53, letra b) del D.L. N° 825.
- Art. 4 del Código Tributario.
- Art. 1440 del Código Civil.
- Art. 13, N° 6 del D.L. N° 825.
- Art. 6 del D.L. N° 825.
- Art. 3 del D.L. N° 825.
- Arts. 49 y 16 del D.F.L. N° 1 de 2005.
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