Oficio N°1776 (08-08-2017)
Servicio de Impuestos Internos de Chile
Abstracto
El SII determina que la venta de medicamentos por farmacias municipales está afecta a IVA. Se deben emitir boletas, y el IVA soportado en la compra de medicamentos puede usarse como crédito fiscal contra el débito por la venta.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Ord. Nº 1776, de 08-08-2017, del Servicio de Impuestos Internos (SII), Subdirección Normativa, Dpto. de Impuestos Indirectos. Materia: Tratamiento tributario aplicable a las farmacias de los establecimientos de atención primaria de salud municipal (APS).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: El Alcalde de una Municipalidad consulta al Contralor General sobre si el expendio de medicamentos por una Farmacia Municipal está gravado con IVA y si debe emitir documentación mercantil. El Contralor se abstiene de pronunciarse y remite la consulta al SII.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Las operaciones de expendio de medicamentos realizadas por una Farmacia Municipal constituyen una actividad gravada con el Decreto Ley N° 825, de 1974 (Ley del IVA), y si está sujeta a la emisión de documentación?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se exponen explícitamente los argumentos del consultante, pero se infiere que busca determinar si la venta de medicamentos por la farmacia municipal está exenta de IVA debido a su naturaleza y fines.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII:
* Art. 8° y Art. 2°, N° 1 del D.L. N° 825, de 1974 (Ley del IVA).
* Art. 23, N°1, Art. 53, letra b) del D.L. N° 825, de 1974 (Ley del IVA).
* Art. 2°, N° 2 y Art. 20, N°s. 3 y 4 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
* Art. 4 del Código Tributario.
* Art. 13°, Nº 6, del D.L. Nº 825, de 1974.
* Artículos 49° y 16° del D.F.L. N° 1, de 2005.
* Art. 16° y 17°, del D...
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