Oficio N°1794 (10-08-2017)
Servicio de Impuestos Internos de Chile
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N° 1794 de 2017, clarifica que el tipo de cambio para facturas en moneda extranjera es el vigente al momento de su emisión, conforme al DL 825 y la Circular N° 12 de 1991.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Ord. Nº 1794, de 10-08-2017, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Tipo de cambio a utilizar en compras de bienes y servicios en moneda extranjera.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un contribuyente plantea una discrepancia entre la Circular N° 12 de 1991 del SII, que indica que el tipo de cambio para facturas en moneda extranjera es el vigente al día de emisión, y una respuesta en la página web del SII que sugiere que es el del momento de la entrega de las especies. Además, menciona que, según el artículo 55° del D.L. N° 825, la facturación de servicios puede realizarse dentro del período tributario en que se percibe la remuneración, lo que genera incertidumbre sobre qué tipo de cambio aplicar cuando la facturación se realiza a fin de mes, después de la entrega de los bienes o servicios.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Qué tipo de cambio debe utilizarse en las compras de bienes o servicios en moneda extranjera? ¿Cuál instrucción (Circular N° 12 o respuesta en la página web del SII) debe prevalecer?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): Existe contradicción entre la Circular N° 12 y la respuesta en la página web del SII respecto al tipo de cambio aplicable. La facturación de servicios puede realizarse dentro del período tributario, generando incertidumbre sobre el tipo de cambio a aplicar.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: D.L. N° 825 sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, artículos 52, 53 letra a), y 55. Circular N° 12, del 22 de febre...
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