Oficio N°1561 (05-06-2019)
Servicio de Impuestos Internos de Chile
Abstracto
El SII se pronuncia sobre beneficios tributarios para actos culturales, señalando su rol fiscalizador y la competencia de otros organismos (Subsecretaría de las Culturas, Comité de Donaciones Culturales) en la calificación cultural de los eventos y proyectos.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1561, de 05.06.2019, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Beneficios tributarios relacionados con actos culturales. Normativa citada: Art. 12, letra E, N° 1 del D.L. N° 825; Art. 46 del D.L. N° 3.063; Art. 8 de la Ley N° 18.985; Art. 4 de la Ley N° 20.900.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Se consulta al SII sobre la legalidad de otorgar beneficios tributarios a actos culturales que puedan ser actividades políticas encubiertas y si las actividades políticas tienen las mismas franquicias tributarias.
• Consultas específicas planteadas al SII: Legalidad de beneficios tributarios para actos culturales que sean actividades políticas encubiertas; si las actividades políticas cuentan con las mismas franquicias tributarias.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se exponen explícitamente.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Art. 6 del Código Tributario; Art. 12, letra E, N° 1 del D.L. N° 825; Art. 8 de la Ley N° 18.985 (Ley de Donaciones con Fines Culturales); Art. 46 del D.L. N° 3.063; Ley N° 20.900; Resolución N° 72 de 2018 del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; Oficio SII N° 2.626 de 1987; Oficio SII N° 1999 de 2016; Circular SII N° 34 de 2014; D.F.L. Nº 1 del Ministerio de Hacienda; Resolución Ex. SII N° 118 de 2014; Resolución Ex. SII N° 122 de 2014; Resolución Ex. SII N° 110 de 2004.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: El SII carece de competencia para calificar un acto como cultural para efectos de aplicar ...
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