Oficio N°2014 (31-07-2019)
Servicio de Impuestos Internos de Chile
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N° 2014 de 2019, dictamina que no procede la tasa especial variable del ISFUT si la empresa no estaba conformada exclusivamente por personas naturales desde el 1 de diciembre de 2015, requiriendo rectificaciones y ajustes correspondientes.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2014, de 31 de julio de 2019, de la Subdirección Normativa del SII, Departamento de Impuestos Directos. Se refiere a la Ley N° 20.899, artículo 1° transitorio, y la Circular N° 17 de 2016.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un contribuyente cumplía los requisitos para la tasa especial variable del ISFUT al cierre de 2016, pero incurrió en un error al presentar el Formulario N° 50 en 2017, cuando ya tenía accionistas personas jurídicas.
• Consultas específicas planteadas al SII: El contribuyente consulta si puede acogerse a la tasa especial variable del ISFUT, si corresponde la tasa del 32%, o si puede rectificar el Formulario N° 50 para anular la solicitud. Adicionalmente, se consulta sobre la necesidad de citar a un contribuyente que declare incorrectamente la tasa o si corresponde emitir directamente un giro.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El contribuyente argumenta que, de buena fe, consideró que los requisitos debían cumplirse al cierre de 2016, siendo la presentación del Formulario N° 50 una mera formalidad, basándose en la Circular N° 17 de 2016.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se cita el artículo primero transitorio de la Ley N° 20.899.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: El SII señala que el tenor literal de la ley (Art. 1° transitorio Ley 20.899) impide acogerse a la tasa variable si la empresa no está conformada exclusivamente por personas naturales contribuyentes del IGC desde el 1 de diciembre de 2015.
• Decisión del SI...
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