Oficio N°1094 (04-06-2020)
Servicio de Impuestos Internos de Chile
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N° 1094 de 2020, reitera que el crédito máximo anual a impetrar por la Ley Austral es de 80.000 UTM, aunque esto limite la aplicación de ciertos tramos de inversión.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1094, de 04 de junio de 2020, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Monto máximo de crédito a impetrar conforme al artículo 1° de la Ley N° 19.606 (Ley Austral). Se citan las Circulares N° 47 de 2004 y N° 57 de 2018. Dirección: Subdirección Normativa, Departamento de Impuestos Directos.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Una sociedad chilena que declara renta efectiva mediante contabilidad completa planea un proyecto de inversión en la Zona Austral (provincia de Palena, Regiones XI o XII). El proyecto, con una inversión estimada de 23 millones de dólares, cumpliría los requisitos de la Ley N° 19.606 para acceder al crédito tributario. El consultante busca certeza sobre el monto total del crédito que podrá utilizar.
• Consultas específicas planteadas al SII: Se solicita aclarar si el límite de 80.000 UTM del crédito establecido en el artículo 1° de la Ley Austral corresponde al tope máximo anual o al monto total máximo del crédito por proyecto.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante considera que la interpretación del SII (límite de 80.000 UTM) no es armónica con la ley, ya que esta contempla tramos y porcentajes que posibilitan un crédito superior. Alega que limitar el crédito a 80.000 UTM dejaría sin aplicación el tramo de inversiones que superan las 2.500.000 UTM, a las cuales se otorga un crédito del 10% de la inversión.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se cita el artículo 1° de la Ley N° 19.606 (Ley Austral), la Ley N° 19.9...
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