Oficio N°2559 (27-09-2021)
Servicio de Impuestos Internos de Chile
Abstracto
El SII se pronuncia sobre el tratamiento tributario de la ganancia de capital en la enajenación de cuotas de fondos de inversión liberadas de pago, estableciendo diferencias según la fecha de enajenación (antes o después del 1 de enero de 2020) debido a la Ley N° 21.210.
Resumen
• Datos básicos del Oficio
Oficio N° 2559, de 27.09.2021, del Servicio de Impuestos Internos (SII).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes
Consulta sobre el tratamiento tributario de la ganancia de capital obtenida en la enajenación de cuotas de un fondo de inversión, recibidas como dividendos liberados de pago, en el contexto del artículo 107 N° 2 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR) y el artículo 80 de la Ley Única de Fondos (LUF).
• Consultas específicas planteadas al SII
Confirmar si el mayor valor obtenido en la enajenación de cuotas de fondos de inversión distribuidas como dividendos liberados de pago, se considera ingreso no constitutivo de renta según el artículo 107 N° 2 de la LIR, independientemente de si algunos aportantes reciben dividendos en cuotas liberadas y otros en dinero.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente)
El consultante sostiene que, cumpliéndose los requisitos del artículo 107 N° 2 de la LIR, el mayor valor obtenido en la enajenación de cuotas liberadas de pago debería ser considerado ingreso no constitutivo de renta. Argumenta que la ley no distingue la forma en que se pagan los dividendos (en cuotas o en dinero) para efectos de aplicar este beneficio.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII
- Artículo 17 N° 6 y Artículo 107 N° 2 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
- Artículo 80 de la Ley N° 20.712 (Ley Única de Fondos).
- Ley N° 21.210.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII
El SII distingue el tratamiento tributario según la fecha de enajenación de las cuotas libe...
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