Oficio N°2060 (05-07-2022)
Servicio de Impuestos Internos de Chile
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la tributación en Chile de rentas del trabajo dependiente obtenidas en Chile y Bélgica por un residente chileno, conforme al Convenio para evitar la doble imposición con Bélgica y la LIR.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2060, del 05-07-2022, de la Subdirección Normativa, Depto. de Normas Internacionales del SII, sobre la tributación de rentas del empleo de conformidad al Convenio entre Chile y Bélgica para evitar la doble imposición. Se citan los artículos 15 y 23 del Convenio, y los artículos 3 y 41A de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un contribuyente residente en Chile tiene dos empleos, uno en Chile y otro en Bélgica. Durante 2021, estuvo en Bélgica durante 4 meses desarrollando el trabajo correspondiente a dicho Estado.
• Consultas específicas planteadas al SII: El contribuyente consulta si, respecto de su empleo en Chile, debe declarar en Chile solo los meses que estuvo en Chile o el año completo, considerando que estuvo 4 meses en Bélgica desarrollando su trabajo allí.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El contribuyente estima que, conforme al artículo 15 del Convenio, debería declarar según el lugar donde físicamente se realiza el trabajo.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se citan el artículo 3 de la LIR, el artículo 15 y 23 del Convenio entre Chile y Bélgica para evitar la doble imposición, y el artículo 41A de la LIR.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: El SII se basa en el principio de renta mundial establecido en el artículo 3° de la LIR, según el cual los residentes en Chile tributan por sus rentas de cualquier origen. Aplica el artículo 15 del Convenio, señalando que tanto Chile (Estado de residenc...
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