Oficio N°2718 (07-09-2022)
Servicio de Impuestos Internos de Chile
Abstracto
El SII, mediante Oficio N° 2718 de 2022, clarifica la aplicación del crédito del artículo 33 bis de la LIR en operaciones de leaseback, señalando el momento en que procede el beneficio tributario.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2718, de 07.09.2022, del Servicio de Impuestos Internos, Subdirección Normativa, Depto. de Impuesto Directos. Materia: Crédito del artículo 33 bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta en caso de leaseback.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Una sociedad dedicada al arrendamiento de maquinarias nuevas con operarios, adquiridas directamente o mediante contratos de arrendamiento con opción de compra, consulta sobre la aplicación del crédito del artículo 33 bis de la LIR en operaciones de leaseback realizadas para refinanciar sus operaciones.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Procede el crédito del artículo 33 bis de la LIR en el caso de bienes nuevos sujetos a contratos de leaseback con fines financieros, considerando que al final del contrato forman parte del activo inmovilizado de la sociedad?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante argumenta que el crédito del artículo 33 bis de la LIR es un beneficio para la inversión y que, a pesar del leaseback, el bien sigue siendo nuevo y sin uso, pasando a formar parte del activo inmovilizado de la sociedad al final del contrato. Además, señala que la situación ya fue analizada en el Oficio N° 146 de 1999, sin que existan motivos para cambiar el criterio.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se cita el Oficio N° 146 de 1999.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: El SII se basa en el Oficio N° 146 de 1999 para resolver la consulta. Indica que un bien adquirido para ser objeto de un leas...
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