Oficio N°3188 (27-12-2023)
Servicio de Impuestos Internos de Chile
Abstracto
El SII aclara la validez de mandatos suscritos con firma electrónica en trámites ante el Servicio, detallando los requisitos y el valor probatorio según el tipo de firma y la forma de otorgamiento del mandato, conforme a la legislación vigente.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 3188 de 27.12.2023, emitido por la Subdirección Jurídica del Servicio de Impuestos Internos (SII). Se refiere a la validez de los mandatos suscritos con firma electrónica en trámites ante el SII.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Se consulta al SII sobre la validez de mandatos firmados digitalmente y la exigencia de acompañar copia de la cédula de identidad o aval notarial en estos casos.
• Consultas específicas planteadas al SII:
* ¿Son válidos los mandatos firmados digitalmente en los procedimientos efectuados ante el SII?
* ¿Es obligatorio acompañar una copia de la cédula de identidad en los casos de firma electrónica?
* ¿Es necesario que la firma electrónica sea avalada ante notario?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se explicita.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII:
* Artículo 9 del Código Tributario.
* Circular SII N° 4 de 2022.
* Artículo 1700 y 1712 del Código Civil.
* Artículo 4° y 5° de la Ley 19.799.
* Decreto con Fuerza de Ley N° 3 de 1969 del Ministerio de Hacienda (Reglamento del RUT), artículo 10 bis.
* Ley N° 21.582, artículo 1°.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII:
* El artículo 9 del Código Tributario acepta la comparecencia de un contribuyente representado por un tercero, siempre que las facultades consten por escrito, ya sea en papel o en documentos electrónicos suscritos por el poderdante.
* Los documentos que contienen mandatos otorgados en formato d...
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