Oficio N°1589 (08-08-2024)

Servicio de Impuestos Internos de Chile

Abstracto

El SII aclara que las sociedades de inversión pueden ser autorizadas para llevar contabilidad en moneda extranjera, cumpliendo los requisitos del Art. 18 N°2 del Código Tributario, sin distinción del tipo de contribuyente. Revoca interpretación restrictiva anterior.

Resumen

• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1589 de 08.08.2024, emitido por la Subdirección Jurídica del Servicio de Impuestos Internos (SII) de Chile, Departamento de Asesoría Jurídica. Se refiere a la aplicación del Art. 18 N° 2 del Código Tributario a las sociedades de inversión, en relación con la Circular N° 15 de 2022.

• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un contribuyente solicita al SII un pronunciamiento sobre si las sociedades de inversión pueden ser autorizadas para llevar contabilidad y declarar impuestos en moneda extranjera, basándose en las causales contempladas en las letras a) y c) del N° 2, y del N° 3 del artículo 18 del Código Tributario. El consultante menciona una Resolución Ex. XXXXX del año 2014 de la Dirección YY que sugiere una interpretación distinta.

• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Es procedente autorizar a las sociedades de inversión para llevar contabilidad y declarar en moneda extranjera, conforme a las causales de las letras a) y c) del N° 2 y de la letra a) del N° 3 del artículo 18 del Código Tributario?

• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante argumenta que ni la letra a) ni la letra c) del N° 2 del artículo 18 del Código Tributario establecen limitaciones para las sociedades de inversión. Cita la Circular N° 15 de 2022, que indica que las sociedades plataforma de inversión deben llevar su contabilidad en moneda nacional, salvo autorización para llevarla en moneda extranjera según el N° 2 del artículo 18, sin distinguir entre las causales. Señala una posible contradicción con la Resol...

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