Resolución N°88 (02-09-2024)
Servicio de Impuestos Internos de Chile
Abstracto
El SII, mediante Resolución Exenta N° 88 de 2024, autoriza a PENTA FINANCIERO S.A. para ser receptor de la Carpeta Tributaria por Mandato, sujeto al cumplimiento de requisitos y posibles revalidaciones futuras.
Resumen
• Datos básicos de la resolución: Resolución Exenta SII N° 88, de fecha 02 de septiembre de 2024.
• Contexto normativo y competencia del SII: El Servicio de Impuestos Internos (SII) fundamenta su competencia en el artículo 6° letra A) N° 3 del Código Tributario, contenido en el artículo 1° del D.L. N° 830 de 1974, la Resolución N° 21 del 24.02.2021 (que establece requisitos para ser receptor de la Carpeta Tributaria por Mandato y delega facultades), y la Resolución N° 13 del 08.02.2022 (que modifica los requisitos para entidades públicas receptoras).
• Antecedentes administrativos relevantes: PENTA FINANCIERO S.A., RUT 99501480-7, representada por don Enrique Tenorio Fuentes, solicitó el 14 de junio de 2024 ser incluida en la nómina de entidades receptoras de la Carpeta Tributaria por Mandato.
• Materia y objetivos de la resolución: La resolución tiene por objeto pronunciarse sobre la solicitud de PENTA FINANCIERO S.A. para ser incorporada en la nómina de instituciones receptoras de la Carpeta Tributaria por Mandato.
• Contenido principal e instrucciones impartidas: Se resuelve favorablemente la solicitud, incorporando a PENTA FINANCIERO S.A. a la nómina de instituciones receptoras de Carpeta Tributaria por Mandato, a partir del décimo quinto día hábil de la notificación de la resolución.
• Fundamentos legales citados: Artículo 6° letra A) N° 3 del Código Tributario, D.L. N° 830 de 1974, Resolución N° 21 del 24.02.2021, y Resolución N° 13 del 08.02.2022.
• Vigencia y efectos prácticos: La autorización de descarga de datos puede ser revocada si no se utiliza o no exist...
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