Corte Suprema - Rol 2724-2005
OSVALDO ROMO PIZARRO EN CONTRA DE MARIA HERRERA ALFLATT
Abstracto
La Corte Suprema revoca sentencia y acoge recurso de protección, ordenando retirar obstáculos que impiden el acceso a propiedades. Se constata vulneración al derecho de propiedad por actos de autotutela que limitan el acceso a los predios.
Resumen
• Datos básicos del caso
Recurso de protección interpuesto por Osvaldo Romo Pizarro y Eugenia Del Carmen González Valencia en contra de María Teresa Herrera Alflatt.
• Antecedentes procesales relevantes
La Corte de Apelaciones de Valparaíso dictó sentencia, la cual fue apelada ante la Corte Suprema.
• Hechos establecidos
- La recurrida, María Teresa Herrera Alflatt, bloqueó el camino El Acantilado, impidiendo el acceso vehicular a la propiedad de Osvaldo Romo Pizarro y otros, incluyendo el Condominio Costa Mai.
- El bloqueo consiste en una base de cemento, palos de madera y una piedra de gran tamaño.
- No se ha demostrado la existencia efectiva de un camino público vecinal que sirva de acceso alternativo a la propiedad del recurrente.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte
Determinar si el bloqueo de un camino que impide el acceso a una propiedad constituye una vulneración al derecho de propiedad protegido por el artículo 19 Nº 24 de la Constitución Política de la República, y si la acción de bloqueo constituye un acto de autotutela ilegítimo.
• Argumentos de las partes
- Recurrente (Osvaldo Romo Pizarro y Eugenia Del Carmen González Valencia): El bloqueo del camino impide el libre acceso a su propiedad, vulnerando su derecho de dominio.
- Recurrida (María Teresa Herrera Alflatt): Adjuntó planos y títulos de dominio que indicarían que el recurrente deslinda al sur con un camino público vecinal.
• Doctrina y jurisprudencia citadas
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• Fundamentos clave de la Corte Suprema
- El bloqueo de los accesos a las propiedades de los recurrentes con...
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