Corte Suprema - Rol 578-2008
FUENTES LARREA LUCILA Y OTROS -BANCO SANTANDER SANTIAGO
Abstracto
Corte Suprema, 14 de febrero de 2008. Se revoca sentencia y acoge recurso de protección contra Banco Santander por negar pago de depósito a plazo a herederos, vulnerando el derecho de propiedad.
Resumen
• Datos básicos del caso
Recurso de protección Rol N° 578-2008, Corte Suprema, 14 de febrero de 2008.
• Antecedentes procesales relevantes
Se interpone recurso de protección en contra del Banco Santander-Santiago por la negativa a pagar un depósito a plazo en dólares a los herederos de don Raúl Fuentes Martínez. La Corte de Apelaciones rechaza el recurso. Se apela esta decisión ante la Corte Suprema.
• Hechos establecidos
El Banco Santander-Santiago se negó a pagar un depósito a plazo en dólares a los herederos de don Raúl Fuentes Martínez, exigiendo inicialmente un certificado del Servicio de Impuestos Internos que comprobara el pago del impuesto de herencia y una copia del certificado que el propio banco otorgó para el inventario de bienes. Posteriormente, argumentó que el mandatario de las herederas no tenía poder suficiente para cobrar.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte
Determinar si la negativa del Banco Santander-Santiago a pagar el depósito a plazo a los herederos de don Raúl Fuentes Martínez constituye un acto arbitrario que vulnera el derecho de propiedad garantizado en el artículo 19 N° 24 de la Constitución Política de la República.
• Argumentos de las partes
Recurrentes: La negativa del banco es arbitraria, ya que se han cumplido los requisitos o constan de los antecedentes de la posesión efectiva, vulnerando el artículo 19 N° 24 de la Constitución.
Recurrido (Banco Santander-Santiago): No se ha negado el pago, sino que el mandatario de las herederas no tiene poder para cobrar. El depósito está disponible para ser cobrado por los h...
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.