Corte Suprema - Rol 782-2009
ANONIMIZADO
Abstracto
La Corte Suprema de Chile, el 8 de febrero de 2010, rechaza el exequátur solicitado para una sentencia de divorcio dictada en Nueva Zelanda, al considerar que contraviene las leyes de la República en materia de disolución del matrimonio.
Resumen
• Datos básicos del caso
Solicitud de exequátur para sentencia de divorcio dictada por el Tribunal de Familia de Wellington, Nueva Zelanda, el 23 de julio de 2003, en la causa FP/085/06/01, que disolvió el matrimonio entre Edgar Orlando Jonquera Cox y Perla, celebrado el 4 de enero de 1995 en Villa Alemana, Chile.
• Antecedentes procesales relevantes
Andrés Tavolari Goycolea, en representación de Edgar Orlando Jonquera Cox, solicita el exequátur.
Se da traslado a Perla, quien es notificada.
La Fiscal Judicial Subrogante informa desfavorablemente la petición.
• Hechos establecidos
Edgar Orlando Jonquera Cox, chileno, y Perla, neocelandesa, contrajeron matrimonio en Chile el 4 de enero de 1995, inscrito en Villa Alemana.
El Tribunal de Familia de Wellington, Nueva Zelanda, dictó sentencia de divorcio el 23 de julio de 2003.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte
Procedencia de conceder exequátur a una sentencia de divorcio dictada en el extranjero, específicamente en Nueva Zelanda, para que tenga efectos en Chile.
Análisis de la compatibilidad de la sentencia extranjera con las leyes chilenas, especialmente en lo relativo a las causales y requisitos del divorcio.
• Argumentos de las partes
El solicitante (Edgar Orlando Jonquera Cox) busca que se reconozca y cumpla en Chile la sentencia de divorcio dictada en Nueva Zelanda.
La Fiscal Judicial Subrogante dictamina desfavorablemente la petición de exequátur.
• Doctrina y jurisprudencia citadas
Se citan los artículos 242, 243, 244 y 245 del Código de Procedimiento Civil, relativos al cumplimiento de sen...
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