Corte Suprema - Rol 5184-2011
AQUARELLA BATA.
Abstracto
La Corte Suprema rechaza el recurso de casación en el fondo interpuesto por BATA BRANDS S.A.R.L., confirmando la sentencia que denegó el registro de la marca “AQUARELLA BATA” por riesgo de confusión con la marca “ACUARELA”.
Resumen
• Datos básicos del caso
BATA BRANDS S.A.R.L. deduce recurso de casación en el fondo contra la sentencia de 27 de abril de 2011, que confirmó la de primer grado, que rechazó el registro de la marca “AQUARELLA BATA”, denominativa, en la clase 25.
• Antecedentes procesales relevantes
El abogado Matías Somarriva Labra, en representación de BATA BRANDS S.A.R.L., interpone recurso de casación en el fondo contra la sentencia de la Corte de Apelaciones que confirmó el fallo de primera instancia que rechazó la solicitud de registro de la marca “AQUARELLA BATA”. El recurso es declarado admisible.
• Hechos establecidos
La sentencia impugnada estableció que el signo solicitado “AQUARELLA BATA” es fonéticamente idéntico y gráficamente similar a la marca registrada “ACUARELA”. Además, determinó que el segmento “ACUARELA” mantiene su presencia como signo independiente dentro del conjunto, lo cual puede inducir a confusión, error o engaño al consumidor respecto al origen o cualidad de los productos.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte
Si la sentencia recurrida infringió los artículos 16, 19 y 20 letras f) y h) de la Ley 19.039 al confirmar el rechazo del registro de la marca “AQUARELLA BATA”.
• Argumentos de las partes
BATA BRANDS S.A.R.L. argumenta:
- Infracción del artículo 16 de la Ley de Propiedad Industrial, porque no se consideraron las diferencias gráficas y fonéticas entre los signos y la notoriedad de la marca “BATA”.
- Infracción del artículo 19 de la Ley 19.039, porque la marca “AQUARELLA BATA” es análoga a otras marcas registradas previam...
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