Corte Suprema - Rol 5349-2012
REBOLLEDO CON AYALA
Abstracto
La Corte Suprema declara desierto el recurso de unificación de jurisprudencia en caso "Rebolledo con Ayala" por no comparecer el recurrente a seguir la tramitación, conforme al artículo 474 del Código del Trabajo.
Resumen
• Datos básicos del caso
El caso corresponde al expediente caratulado “Rebolledo con Ayala”, RIT O-713-2011, del Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta. El recurso de unificación de jurisprudencia fue deducido por la parte demandante.
• Antecedentes procesales relevantes
La Corte de Apelaciones de Antofagasta dictó sentencia el 22 de mayo de 2012. El recurso de unificación de jurisprudencia fue ingresado a la Corte Suprema el 12 de julio de 2012.
• Hechos establecidos
Se constata que la parte recurrente no compareció ante la Corte Suprema para seguir la tramitación del recurso de unificación de jurisprudencia hasta el 27 de julio de 2012.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte
La cuestión jurídica es si procede declarar desierto el recurso de unificación de jurisprudencia por la no comparecencia del recurrente para seguir su tramitación.
• Argumentos de las partes
No se explicita en la sentencia.
• Doctrina y jurisprudencia citadas
Se citan los artículos 474 del Código del Trabajo, y 200 y 201 del Código de Procedimiento Civil.
• Fundamentos clave de la Corte Suprema
La Corte Suprema se funda en el artículo 474 del Código del Trabajo, que establece que el recurso de unificación de jurisprudencia se rige por las normas del Párrafo 5° del Capítulo II, del Título I del Libro V del Código del Trabajo y supletoriamente por las disposiciones del Libro I del Código de Procedimiento Civil, que incluyen los artículos 200 y 201. Considera exigencia legal la comparecencia del recurrente para continuar con la tramitación del recurso, lo que no se cump...
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