Corte Suprema - Rol 32351-2014

MOISES ANTIL LIÑE CONTRA ENAP REFINERÍAS ACONCAGUA S.A. , AGENCIAS MARÍTIMAS AGENTAL LIMITADA Y CAPITANÍA DE PUERTO DE QUINTERO

Abstracto

La Corte Suprema rechaza recurso de protección interpuesto contra Agencias Marítimas Agental Ltda., Capitanía de Puerto de Quintero y Enap Refinerías Aconcagua S.A., por no acreditarse acto arbitrario o ilegal que impidiera el acceso a concesión marítima tras derrame de petróleo.

Resumen

• Datos básicos del caso
Recurso de protección Rol N° 32351-2014. Corte Suprema, Tercera Sala, 1 de abril de 2015.

• Antecedentes procesales relevantes
Se interpone recurso de protección contra Agencias Marítimas Agental Ltda., Capitanía de Puerto de Quintero y Enap Refinería Aconcagua S.A. La Corte de Apelaciones rechaza el recurso. Se apela esta decisión ante la Corte Suprema.

• Hechos establecidos
Derrame de petróleo en la bahía de Quintero durante la descarga de hidrocarburo desde el buque Mimosa al Terminal Monoboya perteneciente a Enap Refinerías Aconcagua S.A. El incidente se produjo cuando el remolcador Puyehue cortó las amarras del buque Mimosa, ocasionando su desconexión del terminal y la consecuente filtración de hidrocarburos al mar. El recurrente alega la imposibilidad de acceder a locales comerciales ubicados en la playa Ventanas, respecto de los cuales se le adjudicó una concesión marítima.

• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte
Determinar si las recurridas incurrieron en un acto ilegal y arbitrario que vulnera el derecho del recurrente al impedirle el acceso a su concesión marítima en la playa Ventanas.

• Argumentos de las partes
Recurrente: La imposibilidad de acceder a los locales comerciales se debe al derrame de petróleo, producto de un error de maniobra entre el buque Mimosa y el remolcador Puyehue, ambos operados por Agencias Marítimas Agental Limitada.

Recurrida Capitanía de Puerto de Quintero: No ha prohibido el acceso al sector de playa concesionado al recurrente.

Recurrida Agencias Marítimas Agental Limitada: No es armad...

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