Corte Suprema - Rol 15963-2016

C/AQUILES GONZALEZ CORTES, VICTOR RUIZ GODOY, RODOLFO OLGUIN GONZALEZ.QTE.:AGRUPACION DE FAMILIARES DE EJECUTADOS POLITICOS. MINISTERIO DEL INTERIOR PROGRAMA LEY 19.123. (QTE.Y DTE.:CIVL JORGE FLORES DURAN Y ALDO FLORES DURAN.DDO.CIVIL:FISCO DE CHILE).

Abstracto

La Corte Suprema rechaza los recursos de casación interpuestos contra la sentencia que condenó a los autores de homicidio calificado y ordenó al Fisco pagar indemnización por daño moral,confirmando la imprescriptibilidad de la acción civil en casos de lesa humanidad.

Resumen

• Datos básicos del caso:

  • Rol N° 542-2010, del Trigésimo Cuarto Juzgado del Crimen de Santiago.
  • Fecha de la sentencia: 1 de diciembre de 2016.
  • Tribunal: Corte Suprema de Chile.
  • Delitos: Homicidio calificado de Germán Osorio Pérez y Manuel Flores Durán.
  • Recursos: Casación en el fondo interpuestos por la defensa de Víctor Ruiz Godoy y por el Fisco de Chile.

• Antecedentes procesales relevantes:

  • El Juzgado del Crimen condenó a Rodolfo Olguín González, Víctor Ruiz Godoy y Aquiles González Cortés como autores de los homicidios, y condenó al Estado a pagar $50.000.000 a cada uno de los demandantes, Jorge y Aldo Flores Durán, por daño moral.
  • La Corte de Apelaciones confirmó la condena penal, aumentando la pena, y mantuvo la condena civil.
  • Se interpusieron recursos de casación en el fondo contra esta última sentencia.

• Hechos establecidos:

  • En abril de 1983, Manuel Flores Durán y Germán Osorio Pérez, militantes del MIR, fueron asesinados por agentes de la Agrupación Azul de la CNI.
  • Los agentes de la CNI los eliminaron mediante el uso de armas de fuego automáticas, disparando más de 20 veces a cada uno.
  • La CNI en esa fecha era una estructura organizada y jerarquizada, integrada a la defensa nacional, dividida en brigadas operativas con agentes del Ejército, Carabineros, Investigaciones y personal civil.

• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte:

  • Procedencia de las atenuantes del artículo 103 del Código Penal (media prescripción) y 211 del Código de Justicia Militar.
  • Preterición legal ...

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