Corte Suprema - Rol 24275-2016
SEC.REG.MINISTERIAL B. NACIONALES CON SOLÍS OJEDA CLARA DEL CARMEN (S)
Abstracto
La Corte Suprema rechaza los recursos de casación en la forma y en el fondo interpuestos contra la sentencia que confirmó el fallo de primera instancia, que rechazó la demanda de oposición a la solicitud de saneamiento de título.
Resumen
• Datos básicos del caso
Demanda de oposición deducida por Clara del Carmen Solís Ojeda a la solicitud de saneamiento de título presentada por Magaly Solís Ojeda, respecto del inmueble ubicado en Lote N° 15 sector Marriamo, comuna de Río Bueno, Provincia de Ranco, de una superficie aproximada de 3,74 hectáreas.
• Antecedentes procesales relevantes
- Juzgado de Letras de Río Bueno: Rechaza la demanda de oposición y ordena la inscripción del inmueble a nombre de Magaly Solís Ojeda.
- Corte de Apelaciones: Rechaza los recursos de casación en la forma y apelación interpuestos por la demandante y confirma el fallo de primera instancia.
- Corte Suprema: Conoce de los recursos de casación en la forma y en el fondo deducidos por la demandante.
• Hechos establecidos
- La propiedad se encuentra inscrita a nombre de la sucesión de Otto Solís Calfual, compuesta por sus hijos Magaly, Marlene, Gumercina Inés, Roberto Iván, Clara del Carmen y Angélica del Carmen, todos Solís Ojeda, y su cónyuge Juana Ojeda Chacón.
- Juana Ojeda Chacón cedió sus derechos hereditarios a Magaly Solís Ojeda.
- Magaly Solís Ojeda mantiene en el inmueble casa habitación, bodega, leñera, siembras frutales, luz eléctrica, agua potable, fosa séptica, animales (vacunos, aves), invernadero lechería, forestación (pinos), cercados.
- El inmueble ha sido ocupado por la demandada desde a lo menos cinco años en forma exclusiva y continua, sin violencia ni clandestinidad.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte
- Determinar si la sentencia recurrida incurrió en vicios de nulidad formal y/o infracci...
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