Corte Suprema - Rol 24775-2022
ANONIMIZADO
Abstracto
La Corte Suprema de Chile aprueba el exequátur de una sentencia de divorcio dictada en Bolivia, al verificar que cumple con los requisitos del Código de Bustamante y la legislación chilena, permitiendo su ejecución en Chile.
Resumen
• Datos básicos del caso
Solicitud de exequátur para la sentencia de divorcio dictada en Bolivia entre don Marco y doña Olivia.
• Antecedentes procesales relevantes
Doña Damarys Reyes Carrasco, abogada, en representación de doña Olivia, solicita el exequátur de la sentencia de divorcio dictada en Bolivia. El demandado, don Marco, se allana a la solicitud. La Fiscalía Judicial informa favorablemente.
• Hechos establecidos
- Don Marco y doña Olivia contrajeron matrimonio en Bolivia el 8 de enero de 2011, inscrito en Chile en 2012.
- El Juzgado Quinto de Partido de Familia de Santa Cruz, Bolivia, dictó sentencia de divorcio el 7 de septiembre de 2015, declarando disuelto el matrimonio, homologando el acuerdo regulador, y resolviendo sobre materias relativas al hijo en común.
- La sentencia se encuentra ejecutoriada.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte
Determinar si la sentencia de divorcio dictada en Bolivia cumple con los requisitos para ser reconocida y ejecutada en Chile, conforme al Código de Bustamante y la legislación chilena.
• Argumentos de las partes
- Demandante (Olivia): Solicita el exequátur para que la sentencia de divorcio boliviana sea cumplida en Chile.
- Demandado (Marco): Se allana a la solicitud de exequátur.
• Doctrina y jurisprudencia citadas
- Convención de Derecho Internacional Privado (Código de Bustamante), específicamente su artículo 242 del Código de Procedimiento Civil y artículo 423.
- Ley N° 19.947 (Ley de Matrimonio Civil), artículos 42 y 55.
• Fundamentos clave de la Corte Suprema
- La sentencia ext...
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