Civil - Rol V-141-2018
ARIZTÍA/
Abstracto
El 21° Juzgado Civil de Santiago autoriza a un curador para representar a su hijo interdicto en la aprobación de la disolución, liquidación y adjudicación de acciones de la sociedad "Rentas Cortona S.A.", al considerar que se resguardan los intereses del interdicto.
Resumen
• Datos básicos del caso: Solicitud de autorización judicial para que el curador de un interdicto apruebe la disolución, liquidación y adjudicación de acciones de la sociedad “Rentas Cortona S.A.” en representación de su hijo interdicto.
• Antecedentes procesales relevantes: El 26 de marzo de 2004, el 18° Juzgado Civil de Santiago declaró la interdicción definitiva de GABRIEL ANDRÉS ARIZTÍA TAGLE, designando a MARCELO ARIZTÍA BENOIT como su curador general legítimo y definitivo. El curador solicita autorización judicial para ratificar la disolución, liquidación y participación de la sociedad “Rentas Cortona S.A.”, y la aceptación de la adjudicación de bienes a GABRIEL ARIZTÍA TAGLE, actos realizados sin autorización judicial previa.
• Hechos acreditados: Se acreditó la interdicción de GABRIEL ANDRÉS ARIZTÍA TAGLE y la designación de MARCELO ARIZTÍA BENOIT como su curador. Se verificó la disolución y liquidación de la sociedad “Rentas Cortona S.A.”, y la adjudicación de acciones a GABRIEL ANDRÉS ARIZTÍA TAGLE. Se comprobó que la disolución de la sociedad no causó detrimento en el patrimonio del interdicto.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: ¿Es necesaria la autorización judicial para que el curador de un interdicto apruebe la disolución, liquidación y adjudicación de acci...
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