Civil - Rol V-37-2018
TORO/
Abstracto
El 3° Juzgado Civil de San Miguel rechaza la solicitud de rectificación de inscripción conservatoria y cancelación de inscripción errónea, al afectar derechos de terceros no emplazados, requiriendo un juicio contradictorio para resolver la controversia sobre la propiedad.
Resumen
• Datos básicos del caso
Reclamación de Pablo Elías Toro Peñaloza contra la negativa del Conservador de Bienes Raíces de San Miguel de inscribir las posesiones efectivas e inscripciones especiales de herencia de Gilberto Mario Toro Díaz y Aida del Carmen Peñaloza Flores, respecto del inmueble ubicado en calle Reumen N° 6158, Villa Dávila, Pedro Aguirre Cerda.
• Antecedentes procesales relevantes
Solicitud de rectificación de inscripción conservatoria presentada el 2 de febrero de 2018 ante el 3° Juzgado Civil de San Miguel (Rol V-37-2018).
El Conservador de Bienes Raíces informa sobre la situación.
Autos para resolver el 4 de marzo de 2019.
• Hechos acreditados
Fallecimiento de Aida Soledad Toro Peñaloza, hija de Gilberto Mario Toro Díaz y Aida del Carmen Peñaloza Flores.
Tramitación de la posesión efectiva de Aida Soledad Toro Peñaloza en el 7° Juzgado Civil de Santiago (Rol V-64-2015), instituyendo como herederos a su hija Michelle Elisa Arenas Toro y a su cónyuge Samuel Eduardo Arenas Cuevas.
Inscripción errónea en el Conservador de Bienes Raíces de San Miguel (fojas 22.500 vta. N° 15.930 del año 2016) que señala a Michelle Elisa Arenas Toro y Samuel Eduardo Arenas Cuevas como dueños de la propiedad, cuando solo tenían derechos hereditarios.
No inscripción de las posesiones ...
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