Civil - Rol V-229-2019

VALENZUELA/

Abstracto

El 30° Juzgado Civil de Santiago ordena al Conservador de Bienes Raíces inscribir escritura de cesión de derechos hereditarios, pese a la falta de autorización del cónyuge, argumentando que la acción de nulidad relativa ha prescrito tras 40 años, validando así el acto.

Resumen

• Datos básicos del caso: Solicitud de inscripción de escritura de cesión de derechos hereditarios ante el Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Rol N° V-229-2019, 30° Juzgado Civil de Santiago. Demandante: Pablo De Tarso Rafael Antonio Valenzuela Valdés. Demandado: Conservador de Bienes Raíces de Santiago.

• Antecedentes procesales relevantes: Pablo De Tarso Rafael Antonio Valenzuela Valdés solicita al tribunal que ordene al Conservador de Bienes Raíces de Santiago inscribir una escritura pública de cesión de derechos de herencia. El Conservador se opone a la inscripción debido a la falta de comparecencia del cónyuge de la cedente, quien era casada en sociedad conyugal al momento de la cesión.

• Hechos acreditados: (1) Carmen Gabriela Valenzuela Valdés, casada en sociedad conyugal con Enoch Adames Mayorga, cedió sus derechos hereditarios a Pablo De Tarso Rafael Antonio Valenzuela Valdés mediante escritura pública de 16 de enero de 1975. (2) En dicha escritura no compareció el cónyuge autorizando la cesión. (3) Carmen Gabriela Valenzuela Valdés falleció el 11 de junio de 1979. (4) Los derechos hereditarios corresponden a una porción de terreno ubicado en calle José Pedro Alessandri N° 1.280 y derechos en el resto de la propiedad ubicada en calle Las Palmeras N° 3.280, ambas...

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