Civil - Rol V-71-2019
JORQUERA/
Abstracto
El 2° Juzgado de Letras de San Antonio rechaza reclamo contra la negativa del Conservador de Bienes Raíces a inscribir posesión efectiva e inscripción especial de herencia. La solicitante previamente cedió sus derechos sobre el inmueble, sin probar que conservaba derechos gananciales.
Resumen
• Datos básicos del caso:
Rol V-71-2019, caratulado "JORQUERA/", del 2° Juzgado de Letras de San Antonio. Sentencia del 2 de enero de 2020.
• Antecedentes procesales relevantes:
Luis Eduardo Jorquera Toro deduce reclamo contra la negativa del Conservador de Bienes Raíces de San Antonio a inscribir la posesión efectiva e inscripción especial de herencia de los bienes quedados al fallecimiento de María Luisa Toro Ureta. El reclamante solicita que se ordene al Conservador realizar la inscripción.
• Hechos acreditados:
- Miguel Jorquera Aranda y María Luisa Toro Ureta contrajeron matrimonio el 13 de diciembre de 1950, bajo régimen de sociedad conyugal.
- Un inmueble ubicado en Puerto Nuevo, Cartagena, San Antonio, fue adquirido por Miguel Jorquera Aranda durante la vigencia de la sociedad conyugal, según inscripción de 1960.
- María Luisa Toro Ureta cedió todos sus derechos sobre el inmueble por escritura pública del 15 de septiembre de 2014, inscrita en el Conservador de Bienes Raíces de San Antonio.
- Se solicitó la inscripción de la posesión efectiva de María Luisa Toro Ureta, la cual fue negada por el Conservador.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo:
Determinar si la cesión de derechos realizada por María Luisa Toro Ureta impide la inscripción de la posesión efe...
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