Civil - Rol V-368-2019
ROMERO/
Abstracto
El 9° Juzgado Civil de Santiago autoriza la enajenación de un inmueble de un interdicto por demencia, representado por su curadora, debido a la utilidad y necesidad manifiesta, protegiendo así el bienestar del interdicto. Se exige un precio mínimo de 1.732,80 UF.
Resumen
• Datos básicos del caso: Solicitud de autorización judicial para la enajenación de un inmueble perteneciente a don Luis Hernán Romero, interdicto por demencia. Las solicitantes son su cónyuge, doña Lusmira del Carmen Sánchez Díaz (curadora), y su hija, doña Mónica del Carmen Romero Sánchez. La propiedad está ubicada en calle El Cobre N° 8436, block 25, departamento 41, comuna de Pudahuel, Región Metropolitana.
• Antecedentes procesales relevantes: Sentencia de interdicción definitiva por demencia de don Luis Hernán Romero (Rol V-169-2019, 7° Juzgado Civil de Santiago), con designación de doña Lusmira del Carmen Sánchez Díaz como curadora general legítima y definitiva. Esta sentencia fue inscrita en el Registro de Interdicciones y Prohibiciones de Enajenar del Conservador de Bienes Raíces de Santiago.
• Hechos acreditados: Don Luis Hernán Romero fue declarado interdicto por demencia. El inmueble se encuentra en un cuarto piso sin ascensor, dificultando la movilidad del interdicto. Existe un interesado en adquirir el inmueble por $48.596.029, superior al avalúo fiscal de $8.690.702.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: ¿Es procedente autorizar la enajenación del inmueble del interdicto, considerando su estado de salud y el beneficio que representaría para él la venta y ad...
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