Civil - Rol V-97-2019
ROMERO/
Abstracto
El 1° Juzgado de Letras de Buin acoge reclamación contra el Conservador de Bienes Raíces por negarse a inscribir resolución de regularización de propiedad raíz (D.L. 2695). El tribunal considera que el Conservador excedió sus facultades al cuestionar un acto administrativo.
Resumen
• Datos básicos del caso: Don Ricardo Antonio Romero Estay interpone reclamación contra el Conservador de Bienes Raíces de Buin por la negativa a inscribir una resolución del Ministerio de Bienes Nacionales que ordenaba la inscripción a su nombre de un inmueble ubicado en Camino Linderos, Alto Jahuel Nº 500, Sitio 1, Lote 2 G, Comuna de Buin, conforme al D.L. Nº 2.695. El Conservador fundamentó su negativa en un dictamen de la Contraloría General de la República.
• Antecedentes procesales relevantes: El Conservador de Bienes Raíces de Buin acompañó un informe detallando la historia registral del inmueble y las causales de su negativa a la inscripción. El Ministerio de Bienes Nacionales también presentó un informe defendiendo la legalidad de la resolución y las facultades del Ministerio.
• Hechos acreditados: Don Ricardo Antonio Romero Estay solicitó al Ministerio de Bienes Nacionales la regularización de un inmueble de 300,48 metros cuadrados, ubicado en Camino Linderos, Alto Jahuel Nº 500, Sitio 1, Lote 2 G, Comuna de Buin. El Ministerio dictó la Resolución Exenta Nº 103, de fecha 8 de enero de 2018, ordenando su inscripción. El Conservador de Bienes Raíces de Buin se negó a practicar la inscripción. Don Ricardo Antonio Romero Estay es dueño del 9,18% de los derechos del lote...
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