Civil - Rol C-9-2020
GALLARDO/URIBE
Abstracto
El Juzgado de Letras y Garantía de Chaitén rechaza la demanda de precario interpuesta por Héctor Gallardo contra Fabiola Caamaño y Juan Uribe, al no acreditarse que los demandados ocupen el inmueble del demandante, sino otro de propiedad de un tercero, sin condenar en costas al demandante.
Resumen
• Datos básicos del caso:
- Tribunal: Juzgado de Letras y Garantía de Chaitén.
- Rol: C-9-2020.
- Caratulado: Gallardo/Uribe.
- Fecha: 1 de febrero de 2022.
• Antecedentes procesales relevantes:
- 17 de febrero de 2020: Héctor Gerardo Gallardo Sáez interpone demanda de precario contra Fabiola Andrea Caamaño Mora y Juan Pablo Uribe Castro, solicitando la restitución del predio Hijuela Nº 4, Lote 1-2, ubicado en el sector Las Escalas, comuna de Futaleufú.
- 22 de abril de 2020: Notificación de la demanda a los demandados.
- 26 de junio de 2020: Comparendo de contestación y conciliación. La parte demandada alega que ocupa el terreno con autorización de Perside Eunice Soto Faúndez, propietaria de Hijuela 4 – Lote 2, y que existe un contrato de arrendamiento.
- 13 de agosto de 2020: Se recibe la causa a prueba.
- 13 de diciembre de 2021: Se cita a las partes a oír sentencia.
• Hechos acreditados:
- El demandante, Héctor Gerardo Gallardo Sáez, es dueño del inmueble individualizado como Hijuela Nº 4, Lote 1-2, ubicado en el sector Las Escalas, comuna de Futaleufú, según inscripción en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Futaleufú.
- Los demandados son arrendatarios de un inmueble distinto, Hijuela Nº 4, Lote 2, propiedad de doña Persida ...
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