Civil - Rol V-7-2022
GALLEGUILLOS/
Abstracto
El Primer Juzgado de Letras de Iquique declara la interdicción por demencia de Ovidio Segundo Galleguillos Gandolfo, designando como curadora a su hermana, Silvana del Carmen Galleguillos Gandolfo. Se ordena la inscripción y publicación de la interdicción para informar la restricción en la administración de sus bienes.
Resumen
• Datos básicos del caso: Solicitud de declaración de interdicción por demencia y nombramiento de curador para Ovidio Segundo Galleguillos Gandolfo, presentada por su hermana, Silvana del Carmen Galleguillos Gandolfo, ante el Primer Juzgado de Letras de Iquique.
• Antecedentes procesales relevantes: Se adjuntan certificados de discapacidad, nacimiento, matrimonio y defunción. Se realiza audiencia privada y se cita a oír sentencia.
• Hechos acreditados: Ovidio Segundo Galleguillos Gandolfo padece de una discapacidad mental psíquica e intelectual del 100%, inscrita en el Registro Nacional de Discapacidad, que lo inhabilita para administrar sus bienes y celebrar actos o contratos.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinación de la procedencia de la declaración de interdicción por demencia y el nombramiento de un curador.
• Argumentos de las partes: La solicitante, Silvana del Carmen Galleguillos Gandolfo, argumenta que su hermano Ovidio Segundo Galleguillos Gandolfo padece una discapacidad que le impide administrar sus bienes y solicita su interdicción y su nombramiento como curadora. Sus hermanos y madre están de acuerdo con la solicitud.
• Doctrina y jurisprudencia citadas: Se cita el artículo 456 del Código Civil.
• Fundamentos esenciales de la resolución: El tribuna...
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