Civil - Rol V-15-2021
SANDOVAL/
Abstracto
El 2° Juzgado Civil de Temuco autoriza a un cónyuge, bajo sociedad conyugal, a vender la nuda propiedad de un inmueble, supliendo el consentimiento de su cónyuge imposibilitada por un accidente cerebrovascular. Se funda en el artículo 1749 del Código Civil.
Resumen
• Datos básicos del caso:
- Tribunal: 2° Juzgado Civil de Temuco
- Rol: V-15-2021
- Caratulado: SANDOVAL/
- Fecha: 1 de marzo de 2022
- Demandante: Ernesto Sandoval Quidel
- Demandado: Clarisa Llancafil Martin
• Antecedentes procesales relevantes:
- Don Ernesto Sandoval Quidel solicita autorización judicial para vender la nuda propiedad de un inmueble social, supliendo el consentimiento de su cónyuge, doña Clarisa Llancafil Martin, invocando el artículo 1754 del Código Civil (el tribunal cita el artículo 1749).
- Se adjuntan certificados de matrimonio, avalúo fiscal, médicos de ambos cónyuges, epicrisis de doña Clarisa y copia de la inscripción de la propiedad.
- Se rinde información sumaria de testigos.
- Se agrega informe del Defensor Público.
• Hechos acreditados:
- Don Ernesto Sandoval Quidel está casado bajo régimen de sociedad conyugal con doña Clarisa Llancafil Martin desde el 24 de junio de 1964.
- El inmueble ubicado en calle Prieto Sur Nº 1410, Temuco, fue adquirido por don Ernesto durante la sociedad conyugal.
- Doña Clarisa Llancafil Martin sufrió un accidente cerebrovascular el 9 de junio de 2019, afectando su capacidad cognitiva e impidiéndole manifestar su voluntad.
- Existe interés en comprar el inmueble por $20.000.000, superior al ...
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