Civil - Rol V-63-2021

FUENTES/

Abstracto

El 2° Juzgado Civil de Temuco rechaza la solicitud de declaración de patrimonio reservado de la mujer casada, al considerar que podría afectar derechos de terceros no emplazados y que la información sumaria de testigos no es prueba suficiente.

Resumen

• Datos básicos del caso: Solicitud de declaración de patrimonio reservado de la mujer casada (Luzmira María Fuentes Varela) respecto de un inmueble ubicado en Temuco. Tribunal: 2° Juzgado Civil de Temuco. Rol: V-63-2021. Fecha: 1 de marzo de 2022. Demandante: Luzmira María Fuentes Varela, representada por Leonardo Valderrama Pacheco.

• Antecedentes procesales relevantes: Luzmira María Fuentes Varela, casada en sociedad conyugal con René Segundo Painecura Pichulmán, solicita que se declare como parte de su patrimonio reservado un inmueble adquirido mediante cesión de derechos, ubicado en Villa Altos de Rengalil, Temuco. Fundamenta su petición en que adquirió el bien con dineros provenientes de su oficio de artesana, separada de las actividades de su marido. A fojas 4, se rindió información sumaria de testigos. A fojas 9, se dejó la causa para resolver.

• Hechos acreditados: La solicitante es dueña del inmueble ubicado en Villa Altos de Rengalil, calle Las Lechuzas número 665, Temuco, adquirido mediante cesión de derechos del Comité de Vivienda Los Altos de Rengalil. Está casada con René Segundo Painecura Pichulmán desde el 23 de julio de 1999. Ejerce el oficio de artesana, separada de las actividades de su marido, y con dineros de este oficio adquirió la propiedad.

• Cuestio...

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