Civil - Rol V-110-2021

DONOSO/

Abstracto

El 26° Juzgado Civil de Santiago rechaza la solicitud de autorización judicial para que la curadora enajene directamente derechos hereditarios de su pupilo sobre un inmueble, por no realizarse mediante pública subasta, conforme a los artículos 393 y 394 del Código Civil.

Resumen

• Datos básicos del caso

  • Tribunal: 26° Juzgado Civil de Santiago
  • Rol: V-110-2021
  • Caratulado: DONOSO/
  • Fecha: 3 de abril de 2023
  • Solicitante: MARÍA DEL PILAR DONOSO PEROJINOUSKY, curadora definitiva de CARLOS PATRICIO DONOSO PEROJINOUSKY.

• Antecedentes procesales relevantes

  • Doña MARÍA DEL PILAR DONOSO PEROJINOUSKY solicita autorización judicial para enajenar y/o gravar los derechos hereditarios de su hermano, CARLOS PATRICIO DONOSO PEROJINOUSKY, del cual es curadora definitiva.
  • El Defensor Público emite informes solicitando уточнения y documentación adicional, y finalmente se opone a la autorización.

• Hechos acreditados

  • MARÍA DEL PILAR DONOSO PEROJINOUSKY es curadora definitiva de su hermano CARLOS PATRICIO DONOSO PEROJINOUSKY, según inscripción en el Conservador de Bienes Raíces de Santiago.
  • Dentro de la sucesión hereditaria del interdicto existe un inmueble ubicado en calle Gamero N°2781, comuna de Independencia, inscrito a fojas 24.717, número 29.171 del Registro de Propiedad de 1967.

• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo

  • Procedencia de la autorización judicial para que la curadora enajene directamente los derechos hereditarios de su pupilo en un inmueble, sin realizarse pública subasta.

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