Civil - Rol V-88-2024
ORIBE/
Abstracto
El Juzgado de Letras de Arica acoge el reclamo contra el Conservador de Bienes Raíces, ordenando inscribir la renuncia de gananciales de Mónica Oribe. Se determina que la propiedad adquirida con subsidio habitacional se presume separada de bienes, permitiendo la inscripción a nombre exclusivo de la solicitante.
Resumen
• Datos básicos del caso: Mónica del Carmen Oribe Araya interpone reclamo contra la negativa del Conservador de Bienes Raíces de Arica a subinscribir su renuncia a los gananciales, contenida en escritura pública de 28 de febrero de 2023, Repertorio N.º 805-2023, al margen de la inscripción de dominio a su nombre (Fojas 2076, N.º 1467 del Registro de Propiedad de 2006). El Conservador argumenta que la propiedad pertenece a la sociedad conyugal disuelta y, por ende, requeriría documentación del ex cónyuge para la inscripción.
• Antecedentes procesales relevantes: René Antonio Silva Collao, abogado, representa a Mónica Oribe. El Conservador de Bienes Raíces de Arica informa sobre su negativa mediante correo electrónico de 8 de abril de 2024. Se solicita reconsideración, la cual es desestimada. El Servicio de Registro Civil e Identificación emite oficios (folios 27, 28 y 32).
• Hechos acreditados: (1) Mónica Oribe contrajo matrimonio con Hernán Raúl Terán Alfaro el 28 de diciembre de 1971, bajo el régimen de sociedad conyugal. (2) El matrimonio se disolvió por sentencia de divorcio del Juzgado de Familia de Arica el 2 de diciembre de 2008, subinscrita el 17 de agosto de 2010. (3) Mónica Oribe suscribió escritura pública de renuncia a los gananciales el 28 de febrero de 2023. (4) ...
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