Civil - Rol V-308-2023
OJEDA/
Abstracto
El 1° Juzgado Civil de San Miguel rechaza la solicitud de rectificación de subinscripción de matrimonio para permitir la inscripción de escritura pública de cambio de régimen patrimonial, argumentando que el divorcio ya había sido declarado, impidiendo la modificación del régimen.
Resumen
• Datos básicos del caso:
- Tribunal: 1° Juzgado Civil de San Miguel
- Rol: V-308-2023
- Caratulado: Ojeda/
- Fecha: 3 de marzo de 2025
• Antecedentes procesales relevantes:
- Doña Delia del Carmen Ojeda Espinoza solicita al Servicio de Registro Civil e Identificación la rectificación de la subinscripción del acta de matrimonio con don Manuel Germán Bravo Miranda, celebrado el 13 de abril de 1978, para permitir la subinscripción de la modificación del régimen patrimonial.
- La solicitante ingresó una solicitud de inscripción de escritura pública de acuerdo completo y suficiente de relaciones mutuas, separación de bienes y liquidación de la sociedad conyugal, otorgada el 7 de diciembre de 2022.
- El Servicio de Registro Civil rechazó la inscripción debido a la existencia de una subinscripción de divorcio.
- El divorcio fue decretado el 9 de diciembre de 2022 por el Segundo Juzgado de Familia de San Miguel, en causa RIT C-20-2020.
• Hechos acreditados:
- Don Manuel Germán Bravo Miranda y doña Delia del Carmen Ojeda Espinoza contrajeron matrimonio el 13 de abril de 1978, bajo el régimen de sociedad conyugal.
- El 7 de diciembre de 2022, suscribieron una escritura pública de acuerdo completo y suficiente de relaciones mutuas, separación de b...
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