SII - Oficio N°438 (27-01-1976)

Oficio N°438 (27-01-1976) del SII

Abstracto

El SII determina que las rentas provenientes de bosques artificiales acogidos al D.S. 4.363/1931 están afectas a la tasa adicional del artículo 21 de la Ley de la Renta al momento de su distribución a los accionistas.

Resumen

• Datos básicos del Oficio: Oficio sin número, de fecha Enero de 1976, de la Subdirección de Operaciones del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Tasa adicional del artículo 21 de la Ley de la Renta en el caso de FORESTAL S.A. acogida al D.S. 4.363/1931.

• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: FORESTAL S.A. presenta una consulta sobre la aplicación de la tasa del artículo 21 de la Ley de la Renta, estando acogida al artículo 30 del D.S. 4.363 de 1931 (Ley de Bosques) que contempla exención de impuesto de Primera Categoría y Global Complementario. Se menciona el D.L. 701 que deroga disposiciones del D.S. 4.363, pero mantiene las franquicias para plantíos artificiales acogidos al artículo 30 hasta el término de sus plazos.

• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Es aplicable la tasa del artículo 21 de la Ley de la Renta a FORESTAL S.A., considerando su acogimiento al D.S. 4.363 y las disposiciones del D.L. 701?

• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): Se argumenta que la tasa adicional del artículo 21 es una tributación transitoria sustitutiva del Impuesto Global Complementario, aplicable mientras las rentas no se distribuyan, evitando así una doble tributación. Se busca confirmar si las rentas de bosques artificiales quedan gravadas ...

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Registrarse
Ingresa tu información para crear una cuenta
O continuar con
¿Ya tienes una cuenta?

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora