SII - Oficio N°1416 (16-03-1976)
Oficio N°1416 (16-03-1976) del SII
Abstracto
El SII complementa el Oficio N° 421 de 1976, señalando que las empresas constructoras de viviendas económicas no pierden las franquicias tributarias del DFL N° 2 de 1959 cuando la dación en pago a asociaciones de ahorro y préstamo se realiza por fuerza mayor.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1416, de 16 de junio de 1976, del Director Nacional de Impuestos Internos al Presidente de la Caja Central de Ahorros y Préstamos. Referencia a presentaciones de A.A.P. Casapropia de 14 y 15 de enero de 1976, Oficio N° 421, de 27 de enero de 1976 del SII, y Circular N° 780, de 27 de enero de 1976 de la Caja Central de Ahorros y Préstamos. Materia: Operaciones de Empresas Constructoras D.F.L. N° 2, de 1959, que no significan pérdida de la franquicia.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: El SII emitió el Oficio N° 421, de 27 de enero de 1976, respondiendo a una consulta de la Caja Central de Ahorros y Préstamos sobre si las empresas constructoras de viviendas económicas perdían las franquicias del D.F.L. N° 2 de 1959 al efectuar dación en pago de terrenos y obras en construcción a las Asociaciones de Ahorro y Préstamo por fuerza mayor. La Caja Central de Ahorros y Préstamos aportó nuevos antecedentes indicando que la dación en pago tiene su origen en una decisión de la autoridad fiscalizadora del SINAP.
• Consultas específicas planteadas al SII: Se consulta si la dación en pago de terrenos y obras en construcción por fuerza mayor, impuesta por la autoridad fiscalizadora del SINAP, implica la pérdida de las franquicias tributari...
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