SII - Oficio N°5900 (20-10-1976)
Oficio N°5900 (20-10-1976) del SII
Abstracto
El SII aclara el cálculo del crédito fiscal proporcional en 1976 para agricultores, considerando la derogación de exenciones en 1975. Además, precisa el devengo del IVA en la venta de remolacha azucarera sin precio fijado al momento de la venta, instruyendo sobre la determinación de un precio mínimo provisorio.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio sin número, fecha ni identificador de emisor/receptor legibles. Se asume, por el contexto, que es una respuesta del Servicio de Impuestos Internos (SII) a una consulta de la Cooperativa sobre problemas de agricultores de Collipulli respecto a la proporcionalidad del crédito fiscal por insumos agrícolas de uso común y el devengo del IVA. El documento acompañatorio indica que es el Us Ba NR 005309 correspondiente a la presentación de la cooperativa 009 del año 1976. Materia: Determinación de Crédito proporcional 1976 y agrícolas 20713 LB. Identificador: 20007 1975.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: La Cooperativa plantea problemas a los agricultores de Collipulli sobre la proporcionalidad del crédito fiscal por la adquisición de insumos agrícolas de utilización común, y sobre el momento en que se devenga el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
• Consultas específicas planteadas al SII: (1) ¿Cuál es el porcentaje proporcional del crédito fiscal a aplicar en 1976, considerando las modificaciones del DL 825 de 1974 y el DL 1024 que eliminó exenciones agrícolas? (2) ¿En qué momento se devenga el IVA por ventas de remolacha en enero de 1976, cuando aún no había fijación de precio por el gobierno, sino hasta marzo del mismo año?
• Argum...
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