SII - Oficio N°7092 (21-12-1976)
Oficio N°7092 (21-12-1976) del SII
Abstracto
El SII dictamina que las remuneraciones pagadas al cónyuge de un socio de una empresa no son aceptadas como gasto necesario, sin distinción de si el cónyuge trabaja o no en la empresa. Sin embargo, tales remuneraciones están afectas a los impuestos generales de la Ley de la Renta.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 978 del Servicio de Impuestos Internos (SII), de fecha 09 de enero de 1978, dirigido a la Dirección Regional de Concepción. Materia: Tratamiento tributario de las remuneraciones pagadas al cónyuge de un socio de una empresa.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Consulta sobre el tratamiento tributario de las remuneraciones pagadas a la cónyuge de uno de los socios de una empresa afecta al Impuesto de Primera Categoría.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Cuál es el tratamiento tributario de las remuneraciones pagadas a la cónyuge de un socio de una empresa de Primera Categoría?
• Argumentos del consultante: —
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se cita el artículo 31 N°6 y 14 N°2 de la Ley sobre Impuesto a la Renta y el Oficio K2 N° 1.102, de 01-10-76.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: El SII se basa en la letra b) del N° 1 del artículo 31 de la Ley de la Renta, que no acepta como gasto necesario las remuneraciones pagadas al cónyuge del contribuyente, entendiendo como contribuyente a los socios de empresas colectivas.
• Decisión del SII y sus efectos: El SII determina que no se aceptan como gasto las remuneraciones pagadas al cónyuge de un socio, independienteme...
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