SII - Oficio N°1197 (18-03-1977)
Oficio N°1197 (18-03-1977) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la revalorización de existencias según el artículo 41° de la Ley de la Renta, indicando los métodos de valorización para bienes nacionales e importados, y su efecto en la corrección monetaria. Detalla el procedimiento para estados trimestrales.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 40, E.Y., del Servicio de Impuestos Internos (SII), sin fecha específica en el documento proporcionado, dirigido al Vicepresidente Ejecutivo del Instituto de Desarrollo Agropecuario (INDAP). Ref.: Revalorización de existencias según Art. 41° Ley de la Renta.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Consulta sobre el procedimiento que un organismo debe adoptar para valorizar sus existencias de insumos, tanto durante el ejercicio como a la fecha del balance.
• Consultas específicas planteadas al SII: Determinación del método de valorización de existencias según el artículo 41° de la Ley de la Renta para contribuyentes de Primera Categoría que declaren sus rentas en base a un balance general.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se explicita el argumento del consultante, sino que directamente se solicita la aclaración del procedimiento.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se cita el artículo 41° de la Ley de la Renta y el artículo 21 del mismo cuerpo legal.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: El SII se basa en el artículo 41° de la Ley de la Renta para detallar cómo deben revalorizarse los bienes del activo realizable, diferenciando entre bienes adquirido...
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