SII - Oficio N°2463 (20-05-1977)
Oficio N°2463 (20-05-1977) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la tributación de servicios y ventas en estaciones de servicio hasta 1976. Se distingue entre reparaciones afectas al Impuesto a los Servicios (8%) y ventas afectas a IVA (20%), con precisiones sobre lubricantes y la emisión de boletas separadas desde septiembre de 1975.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio sin número, de 20 de mayo de 1977, del Director del Servicio de Impuestos Internos (SII) a la Asociación de Distribuidores de Combustibles de Chile "ADICO".
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: ADICO consulta sobre la tributación de servicios y ventas realizados por propietarios/concesionarios de estaciones de servicio y servicentros.
• Consultas específicas planteadas al SII:
A) Si ciertos servicios (lavado, engrase, colocación de lubricantes, etc.) constituyen o no "reparación de bienes corporales muebles".
B) Si la tributación aplicada hasta el 31 de diciembre de 1976 es correcta, considerando:
- Impuesto a los Servicios (8%) sobre la mano de obra.
- IVA (20%) sobre repuestos y mercaderías.
- Exención de IVA y del Impuesto a los Servicios en la venta y colocación de lubricantes afectos al impuesto especial del Título III del DL 825.
C) Si el relleno de aceite en las "islas" de atención constituye venta afecta al impuesto especial del Título III del DL 825.
D) Si es válido emitir una sola boleta para reparaciones/mantenciones y ventas, o si se deben emitir boletas separadas según la Circular N° 111 de 1975.
E) Fecha de entrada en vigencia de la Circular N° 111.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitam...
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