SII - Oficio N°3339 (29-06-1977)
Oficio N°3339 (29-06-1977) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la situación tributaria de las Asociaciones de Ahorro y Préstamos, detallando el tratamiento de sus rentas según el artículo 20 de la LIR, y la deducibilidad de pérdidas, entre otros aspectos, a partir de 1975.
Resumen
• Datos básicos del Oficio
ORD. N° 339/1977, del 29 de junio de 1977.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes
La Caja Central de Ahorro y Préstamos consulta al SII sobre la situación tributaria de las Asociaciones de Ahorro y Préstamos (AAP) a la luz de las modificaciones introducidas por el Decreto Ley N° 1.604, de 1976, y su impacto en la Circular N° 132, de 1976, en relación al impuesto a la renta.
• Consultas específicas planteadas al SII
a) Pautas para distribuir gastos no identificables e imputar la corrección monetaria entre ingresos exentos y afectos.
b) Si la diferencia en la venta de edificios es renta del N° 3 del artículo 20 de la LIR.
c) Si las pérdidas de 1975 son deducibles de las rentas de 1976, y qué tipo de pérdidas son deducibles.
d) Si solo se deducen pérdidas propias o también las de asociaciones absorbidas.
e) Consideración del Suplemento de Instrucciones 6(12)-270, de 1970, para regularizar la falta de pagos provisionales hasta 1976.
f) Precisión del concepto de ingresos brutos para la declaración anual y los pagos provisionales, especialmente en intereses y reajustes de deudas hipotecarias.
g) Plazo administrativo para cumplir con pagos provisionales adeudados de 1977.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente)
La Caja Central...
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