SII - Oficio N°3361 (29-06-1977)
Oficio N°3361 (29-06-1977) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la aplicación del artículo 31 N°7 de la LIR a donaciones recibidas por la Corporación para el Progreso, concluyendo que son deducibles si se destinan a programas de instrucción a través de instituciones universitarias.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 3361, 29 de junio de 1977, del Director del Servicio de Impuestos Internos. Materia: Aplicación del artículo 31 N° 7 de la Ley de la Renta a donaciones recibidas por la Corporación para el Progreso.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Se consulta sobre la posibilidad de que las donaciones recibidas por la Corporación para el Progreso sean rebajadas de la renta bruta para el cálculo del impuesto de Primera Categoría, conforme al artículo 31 N° 7 de la Ley de la Renta. La Corporación tiene como objeto realizar y promover el estudio, la investigación y la divulgación de las ciencias económicas, de administración de empresas y sociales.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Son rebajables de la renta bruta, para efectos del impuesto de Primera Categoría, las donaciones efectuadas a la Corporación para el Progreso, conforme al artículo 31 N° 7 de la Ley de la Renta?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): Se argumenta que el objeto de la Corporación es realizar y promover el estudio, la investigación y la divulgación de las ciencias económicas, de administración de empresas y sociales, lo cual consta en sus estatutos.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se cita el ...
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