SII - Oficio N°2274 (26-04-1978)
Oficio N°2274 (26-04-1978) del SII
Abstracto
El SII clarifica que los ingresos de laboratorios clínicos explotados por sociedades de profesionales tributan en segunda categoría (art. 42 N°2 LIR), siempre que cumplan requisitos estrictos sobre la prevalencia del trabajo profesional y la no existencia de inversiones ajenas al giro.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio sin número, pero individualizado por la frase "Ori. Ea - a apsciuaza 58%" y asunto "Consulta de don Carlos Edo Y.", sobre tributación de actividades profesionales que son complementadas con servicios de laboratorio a sus pacientes. Dirección del Servicio de Impuestos Internos (SII), sin fecha legible, pero anterior a su presentación en la referencia del 04 de julio.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Consulta sobre la tributación aplicable a una sociedad de profesionales que brinda atención integral a pacientes y que cuenta con un laboratorio en el cual se realizan los exámenes previos necesarios para un adecuado diagnóstico. El laboratorio podría prestar servicios a terceros que no sean pacientes de los profesionales que integran la sociedad.
• Consultas específicas planteadas al SII: Determinación del régimen tributario aplicable a los ingresos obtenidos por la sociedad de profesionales por la explotación del laboratorio clínico, considerando si califican en la segunda categoría según el Art. 42 N° 2 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR).
• Argumentos del consultante: No se exponen explícitamente los argumentos del consultante, más allá de la descripción de la actividad y la consulta sobre su correcta tributación.
• Do...
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.