SII - Circular N°72 (30-07-1979)
Circular N°72 (30-07-1979) del SII
Abstracto
La Circular N° 72 del SII, de 1979, aborda el impuesto adicional a las ventas e importaciones de bebidas alcohólicas tras la derogación del ILA (D.L. 826) y su traspaso al D.L. 825. Define tasas, ámbito de aplicación, recuperación del impuesto, y elimina controles físicos como fajas y guías de libre tránsito. También se refiere a la inscripción de compradores de alcohol.
Resumen
• Datos básicos de la circular: Circular N° 72, de 30 de julio de 1979, del Servicio de Impuestos Internos. Fue modificada y complementada por las Circulares N° 10, de 29 de enero de 1980, y N° 94, de 15 de octubre de 1979.
• Contexto normativo y objetivo: La circular informa sobre las modificaciones a la tributación de bebidas alcohólicas tras la publicación del Decreto Ley N° 2.752, que traspasa la tributación del Decreto Ley N° 826 al Decreto Ley N° 825 (Ley del IVA) como impuesto adicional. Estas modificaciones rigen desde el 1 de julio de 1979.
• Alcance y ámbito de aplicación: La circular entrega instrucciones sobre las tasas de impuestos a las ventas e importaciones de bebidas alcohólicas vigentes. El impuesto adicional se aplica a importadores, productores, elaboradores, envasadores, empresas distribuidoras y cualquier otro vendedor en operaciones con otro vendedor, pero no afecta a las ventas del comerciante minorista al consumidor final, ni a las ventas de vino a granel entre productores a otros vendedores sujetos a este impuesto.
• Principales instrucciones y criterios interpretativos:
* Tasas del impuesto adicional (Art. 42 del DL 825):
* Licores (incluyendo aguardientes y vinos licorosos): 30%
* Pisco: 25%
* Vinos (consumo), ch...
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