SII - Oficio N°362 (31-01-1989)
Oficio N°362 (31-01-1989) del SII
Abstracto
El SII aclara el tratamiento tributario de las becas de estudio para hijos de trabajadores, diferenciándolas de las asignaciones de escolaridad. Reitera que las becas son no renta si se destinan efectivamente a financiar estudios, ya sea pagadas directamente o a través del becario.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 3062, del 3 de julio de 1988, del Director del Servicio de Impuestos Internos, dirigido al Presidente de la Confederación de la Producción y del Comercio, Sr. Manuel Feliú J. La materia tratada es el tratamiento tributario de las becas de estudio en favor de los hijos de trabajadores de una empresa.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: La Confederación de la Producción y del Comercio solicita la rectificación del criterio expuesto en el Oficio Ord. N° 385, publicado en el Boletín del Servicio N° 390, de mayo de 1986, respecto al tratamiento tributario de las becas de estudio otorgadas a hijos de trabajadores.
• Consultas específicas planteadas al SII: Se consulta si el criterio sobre el tratamiento tributario de las becas de estudio, expuesto en el Oficio Ord. N° 385, rompe la línea de interpretación que el SII habría mantenido sobre la materia.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante (Confederación de la Producción y del Comercio) estima que el Oficio Ord. N° 385 rompe la línea de interpretación del SII sobre el tratamiento tributario de las becas de estudio.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se cita el N° 18 del artículo 17 de la Ley sobre Impuesto...
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