SII - Oficio N°363 (31-01-1989)
Oficio N°363 (31-01-1989) del SII
Abstracto
El SII determina que los servicios de prevención y combate de incendios forestales prestados por CONAF no están gravados con IVA, independientemente de si se ofrecen de forma gratuita u onerosa, y entrega instrucciones sobre el cálculo del crédito fiscal.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio Ordinario N° 363, de diciembre de 1989, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Se refiere a la Ley de Impuestos a las Ventas y Servicios, específicamente a los artículos 2 y 8. La materia es la aplicación del IVA a los servicios de prevención y combate de incendios forestales.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: La Corporación Nacional Forestal (CONAF) consulta sobre el tratamiento del crédito fiscal del IVA, considerando que realiza operaciones afectas, no afectas y exentas de este impuesto. Específicamente, pregunta sobre la procedencia del crédito fiscal por la utilización de servicios de carga aérea destinados a la prevención y combate de incendios forestales, servicios que presta gratuitamente o a título oneroso.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Cómo debe proceder CONAF con el crédito fiscal del IVA, considerando que realiza operaciones afectas, no afectas y exentas? ¿Procede el crédito fiscal por la utilización de servicios de carga aérea para la prevención y combate de incendios forestales?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se exponen explícitamente los argumentos del consultante en el oficio.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: El SII cita el...
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.