SII - Oficio N°3140 (05-10-1989)
Oficio N°3140 (05-10-1989) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la aplicación de los artículos 5° y 6° del DL 600 en la remesa de capital, indicando exención de impuestos hasta el monto de la inversión autorizada, pero sujetando a las normas generales de la LIR el excedente y las utilidades capitalizadas.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° (25), de fecha no legible, del Director del Servicio de Impuestos Internos al Sr. Secretario Ejecutivo del Comité de Inversiones Extranjeras. Materia: Aplicación de los artículos 5° y 6° del Decreto Ley N° 600 para la remesa de capital. Antecedentes: Memorándum N° 341, de 28 de Agosto de 1989, de la Secretaría Ejecutiva del Comité de Inversiones Extranjeras.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: La empresa Philips Chilena S.A., acogida al DL 600, consulta sobre el efecto tributario de la reducción de su capital social mediante: (a) venta de activos, (b) compra de acciones de propia emisión, o (c) venta de acciones a terceros. Los accionistas consideran que la remesa de capital, inferior al aporte extranjero registrado, estaría exenta del impuesto a la renta según el artículo 6° del DL 600.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Cuál es el tratamiento tributario en el caso de la reducción del capital social, mediante las alternativas planteadas por Philips Chilena S.A., considerando que se encuentran acogidos al DL 600?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): Los accionistas argumentan que la remesa de capital, al ser inferior al aporte extranjero registrado y materializado, estaría exenta del impuest...
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