SII - Oficio N°2260 (20-07-1990)
Oficio N°2260 (20-07-1990) del SII
Abstracto
El SII aclara que avalúos fijados por sentencia ejecutoriada en reclamos basados en tablas de clasificación son válidos hasta la próxima tasación general, sin importar si las tablas se mantienen. El nuevo avalúo general prevalece desde el 1 de julio de 1990.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio Ord. N° 2260, del 20 de julio de 1990, de la Dirección del Servicio de Impuestos Internos (SII) dirigido al Director Regional Metropolitano Santiago Sur. Materia: Vigencia de avalúo determinado en sentencia ejecutoriada ante tasación general.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: La Dirección Regional Metropolitana Santiago Sur consulta sobre la petición administrativa de rebaja de avalúos de inmuebles (Roles N° 1711-1, 1711-2 y 2811-1 de la comuna de San Joaquín) presentada por "Manufacturas SUMAR S.A.". Se pregunta si los fallos judiciales ejecutoriados en reclamos de avalúo, basados en la aplicación de tablas de clasificación, pueden ser modificados por el reavalúo general, manteniendo las mismas tablas de clasificación.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Los fallos del Tribunal de Primera Instancia dictados en procedimientos de reclamo de avalúo fundados en la aplicación de las tablas de clasificación, que se encuentran ejecutoriados y han producido el efecto de cosa juzgada, pueden o no ser modificados al realizar el reavalúo general de las propiedades, considerando que se mantienen las mismas tablas de clasificación de las construcciones sin cambio en sus definiciones?
• Argumentos del consultante (si se exponen ex...
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