SII - Oficio N°2923 (29-08-1991)
Oficio N°2923 (29-08-1991) del SII
Abstracto
El SII dictamina que la exención de IVA en primas de seguros de transporte solo aplica a importaciones desde el extranjero hasta la Aduana chilena, no al transporte desde Zona Franca al resto del país, que está gravado con IVA.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2923, Subdirección Normativa, Depto. Impuestos Indirectos, 29 de agosto de 1991. Materia: IVA en primas de seguro de transporte de bienes desde Zona Franca al resto del país.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: LA INTERAMERICANA COMPAÑIA DE SEGUROS GENERALES S.A. consulta si la introducción de bienes desde Zona Franca al resto del país puede considerarse importación para aplicar la exención de IVA del artículo 12, letra E, N°3 del DL 825.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Es aplicable la exención de IVA a las primas de seguros que cubren riesgos de transporte de bienes desde Zona Franca al resto del país, considerando la introducción de dichos bienes como importación?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante sugiere que la introducción de bienes desde Zona Franca al resto del país podría considerarse importación, permitiendo aplicar la exención de IVA al seguro de transporte.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se cita el artículo 2, N°2 del DL 825, en relación con el artículo 20, N°3 de la Ley de la Renta, y el artículo 12, letra E, N°2 y N°3 del DL 825. Se menciona la Ordenanza de Aduanas en la definición de importación. Se hace referenc...
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.